Los vecinos de El Sobradillo presentan una ordenanza por la que las antenas de telefonía móvil deben ser retiradas de los núcleos urbanos
Esta iniciativa es la consecuencia del silencio del Ayuntamiento de Santa Cruz tras diez años de reclamaciones por parte de los vecinos, que han visto aumentar de forma alarmante los casos de cáncer y otras afecciones desde que estos dispositivos fueron instalados en la zona.
La ordenanza propuesta establece que el Ayuntamiento se reserva, por razones de salud ciudadana, urbanísticas o medioambientales, el derecho de establecer emplazamientos preferentes como mínimo a 500 metros del núcleo urbano para las estaciones base y sus correspondientes antenas. La iniciativa de los vecinos de El Sobradillo se basa en el “principio jurídico de precaución”, un concepto que respalda la adopción de medidas protectoras antes de contar con una prueba científica completa de un riesgo.
Esta herramienta jurídica contempla que cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la ausencia de información o certeza científica no debiera utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos. Este principio de precaución se ha incorporado en varios acuerdos internacionales y es básico en la política europea sobre el medio ambiente.
La propuesta de ordenanza fue presentada en la sede de la asociación de vecinos Siete Islas de El Sobradillo y contó con la presencia de Antonio Porras, presidente de Planmocan, y de Pedro Fernández Arcila, candidato de Alternativa Sí se puede a la Alcaldía de Santa Cruz, abogado y responsable de las alegaciones al Plan General de Ordenación (PGO) en lo relativo a las antenas en El Sobradillo. También asistieron Manuel Díaz, representante de la Plataforma de El Sobradillo, y Juan Daniel Marrero, miembro de ese colectivo y de Sí se puede.
La ordenanza contempla el establecimiento de “zonas sensibles”: interior de viviendas; centros de trabajo, escolares, residenciales y hospitalarios; y cualquier otra área de ocupación por una misma persona durante un periodo igual o superior a seis horas. En estas zonas se limita la densidad de potencia a un máximo de 0,1mW/cm2, una cantidad notablemente inferior a la que se registra en la actualidad en El Sobradillo, donde existen tres antenas de telefonía móvil en el núcleo urbano que inciden directamente en una población de 3.000 personas.
La propuesta de los vecinos incluye el traslado de estos sistemas de comunicación a montaña Talavera, algo que, según la plataforma, las compañías se resisten a hacer porque implica unos costes que no están dispuestas a asumir.
La ordenanza tiene en consideración las Resoluciones Europeas de 2 de abril de 2009, sobre la salud relacionadas con los campos electromagnéticos (2008/2211 [INI]) y la Resolución de 4 de septiembre de 2008, sobre la Revisión Intermedia del Plan de Acción Europeo sobre Medio Ambiente y Salud 2004-2010, en aplicación del principio jurídico de precaución, y considerando siempre los artículos 153, 168 y 191 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que promueve un alto nivel de protección de la salud humana y del medio ambiente.
El documento hace un llamamiento para que, con carácter de urgencia, se evalúen de nuevo las directrices de exposición y se desarrollen y apliquen límites de seguridad pública más restrictivos, dado que las directrices existentes no son lo suficientemente protectoras si se tienen en cuenta los efectos en la salud de las exposiciones crónicas y el incremento de la incidencia en el medio ambiente de campos electromagnéticos de baja frecuencia y de radiofrecuencia.
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