Sí se puede insta al gobierno de CC-PP a regular las terrazas para que las personas ciegas no sean expulsadas de la vía pública

Eligio Hernández Bolaños reacciona a la respuesta a su pregunta sobre la sentencia del Supremo respecto a las adosadas a fachadas de edificios

Sí se puede insta al gobierno de CC-PP en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife a “regular las terrazas para que las personas ciegas no sean expulsadas de la vía pública”, asegura Eligio Hernández Bolaños, concejal del grupo ecosocialista en la corporación tras recibir su respuesta a la pregunta que dirigió a la Comisión de Control de este jueves, 14 de marzo, sobre la forma en la que el Ayuntamiento prevé adaptarse a la sentencia del Tribunal Supremo respecto a las terrazas adosadas a fachadas de edificios.

“Todas las personas tienen derecho a disfrutar, acceder y transitar por el espacio público con total libertad –enfatiza Hernández Bolaños–. Es positivo que proliferen las terrazas y que estas generen actividad económica, pero hay que establecer una regulación en la que nadie se sienta expulsado o desplazado”.

Sí se puede se mantendrá vigilante para que “el Ayuntamiento sea más sensible y adapte sus normas para que nadie sea discriminado en el espacio público, que al fin y al cabo es de toda la ciudadanía”, al tiempo que confía en que “en el futuro no se tenga que conciliar las terrazas en la vía pública y los derechos de las personas discapacitadas a golpe de sentencia”, manifiesta el concejal ecosocialista.

Hernández Bolaños precisa que, ante esta problemática, es imprescindible contar con los colectivos que representan a las personas que se ven discriminadas por estas situaciones, para las que en Santa Cruz es un referente Queremos Movernos, que advirtió a Sí se puede de la existencia de la sentencia del Supremo.

Hernández Bolaños preguntó al gobierno de CC-PP cómo prevé actuar a raíz de la sentencia de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo por la que, al estimar parcialmente un recurso presentado por unos particulares, se anulan varios artículos de la Ordenanza local reguladora del ejercicio de actividades económicas de Elche, relativos a la ubicación de las terrazas. El Supremo establece que el camino peatonal debe ir paralelo a las fachadas de los edificios para que las personas ciegas tengan una referencia que les permita orientarse, y, por lo tanto, no puede permitirse la instalación de terrazas adosadas a fachadas.

A juicio del grupo ecosocialista, este fallo afecta a la instalación de este tipo de terrazas en Santa Cruz, lo que conlleva adaptar la Ordenanza de Paisaje Urbano de acuerdo a la nueva jurisprudencia y revisar de oficio las autorizaciones que habilitan terrazas adosadas a fachadas.

Sí se puede considera que la Ordenanza de Paisaje Urbano de Santa Cruz podría atentar contra la protección de los derechos de las personas ciegas, según lo argumentado en la sentencia del Supremo. Para garantizar la accesibilidad y no discriminación en el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados, el Ministerio de Vivienda establece como condición general que el itinerario peatonal accesible discurra siempre de manera colindante o adyacente a la línea de la fachada con la que el edificio fija su límite en el nivel del suelo, criterio en el que se basó el Supremo al adoptar su resolución.

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