Sí se puede exige la subrogación y el pago de los salarios de tramitación al personal municipal de mantenimiento de edificios

Arcila pregunta en la Comisión de Control por las fechas para cumplir lo establecido en la resolución del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos

Sí se puede exige la subrogación inmediata y el pago de los salarios de tramitación al personal que prestaba el servicio de mantenimiento, reforma, ampliación y mejora de colegios públicos, dependencias y edificaciones municipales. El portavoz ecosocialista en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, Pedro Fernández Arcila, registró una pregunta para la Comisión de Control sobre las fechas en las que se cumplirá lo establecido en la resolución 128/2018, de 19 de julio, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos del Gobierno de Canarias.

 

Concretamente, en la sesión que se celebrará el próximo jueves, 11 de junio, el edil de Sí se puede preguntará a Dámaso Arteaga, concejal de Servicios Públicos, cuándo está previsto subrogar a los trabajadores y a la trabajadora que realizaban el citado servicio, así como en qué fecha serán abonados los salarios de tramitación que se les adeuda.

 

La cuestión planteada por Arcila se basa en la citada resolución 128/2018 que, tras desestimar el recurso especial en materia de contratación que interpuesto una asociación profesional a los pliegos de cláusulas administrativas particulares publicadas el 24 de mayo de 2018, establece que “en todo caso, este Tribunal ordena que se tenga por no puesta en la cláusula 27.1 del PCAP toda referencia a que se trata de una condición especial de ejecución, debiendo interpretarse que mediante la misma se procede a trasladar a los licitadores la información de que, con respecto a los trabajadores que se relacionan en la documentación aneja al citado pliego, existe una obligación de subrogación por parte de aquel que resulte adjudicatario del antedicho contrato de servicios”.

 

Por tanto, el Tribunal, “además de desestimar el recurso interpuesto por la asociación profesional, obliga en el Pliego a la subrogación del personal de mantenimiento de colegios públicos y dependencias municipales”, aclara Arcila. El concejal ecosocialista recuerda que el equipo de gobierno (CC-PP) rechazó el pasado 9 de abril una moción de Sí se puede que proponía garantizar los derechos laborales básicos en este servicio municipal. Durante aquella sesión, Arteaga calificó de imposible cumplimiento algunos de los puntos planteados en la propuesta ecosocialista y afirmó que se incorporaría al pliego una condición especial de contratación de carácter social, por la que los trabajadores y la trabajadora del servicio podrían continuar en su puesto de trabajo, algo insuficiente, teniendo en cuenta la sentencia firme de 2 de marzo de 2015, que declaró improcedente el despido que entonces había realizado Elecnor y estableció la obligación de subrogar el personal por parte “de la nueva empresa adjudicataria de los servicios o del propio Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife o Administración correspondiente”.

 

La resolución del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos reafirma lo establecido en la citada sentencia “y le quita la razón al concejal Arteaga que, una vez más, queda en entredicho por poner los intereses particulares de las empresas concesionarias por encima de los derechos laborales del personal municipal y del interés general de la ciudadanía santacrucera”, concluye Pedro Fernández Arcila.

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