Sí se puede e IUC proponen al Ayuntamiento de Güímar que impugne la inmatriculación de bienes por la iglesia católica

La coalición lleva al pleno una moción para que la corporación investigue el patrimonio público apropiado indebidamente y lo reclame

La coalición Sí se puede–Izquierda Unida Canaria (IUC) propone al Ayuntamiento de Güímar que impugne la inmatriculación de bienes por parte de la iglesia católica debido a “un abuso de derecho que hay que corregir y reparar”, producido al amparo de leyes franquistas que contradicen la Constitución. Con este objetivo, su portavoz en la corporación, Ruyman Expósito, defenderá en el pleno de este jueves, 25 de marzo, una moción para que el Ayuntamiento investigue qué propiedades han sido apropiadas indebidamente en el municipio y las reclame.

El concejal destaca que el proceso de apropiación de bienes de dominio público a nombre de la iglesia católica ha sido sistemático en el Estado español, impulsado por la jerarquía de la organización religiosa a partir de “dos normas franquistas que contradicen la Constitución vigente, pero que no fueron modificadas tras la aprobación de la carta magna en 1978” y mediante la incursión organizada con este fin en los registros de propiedad.

La iniciativa plantea que, en primer lugar, el Ayuntamiento de Güímar recabe de los Registros de la Propiedad la lista completa de los bienes inmatriculados por la iglesia católica en Güímar al amparo del artículo 206 de la Ley Hipotecaria y que, además, facilite el listado de todos y cada uno de los bienes inmuebles exentos del pago del IBI, debido a la relación casi idéntica con los bienes inmatriculados.

El portavoz de Sí se puede-IUC en el Ayuntamiento de Güímar recuerda que “recientemente el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha puesto en duda el rigor jurídico español al señalar en una sentencia que el derecho de inmatriculación de bienes reconocido a la iglesia católica en el Estado español no tiene justificación aparente y no es suficiente ni válido”.

De aprobarse la moción, el Ayuntamiento tendría que elaborar una documentación exhaustiva en la que, respecto de cada propiedad, figuren los datos de su nombre, tipo, superficie, características, fecha de la inmatriculación, ubicación, valor catastral, titularidad, usos, CIF, valor del suelo, valor de construcción, cuota, deuda, así como cualquier otro dato al respecto que puedan haber en los archivos oficiales. Una vez elaborada esta documentación, la corporación debe encargar la elaboración de un informe jurídico sobre los bienes inmatriculados con objeto de ver cuáles de ellos afectan a suelo público, de manera que se proceda a su impugnación y se puedan recuperar.

La coalición recuerda que la iglesia católica se basa en dos normas franquistas no modificadas para justificar estas apropiaciones indebidas, que constituyen “un auténtico despojo de los bienes públicos”, subraya el concejal. Se trata del artículo 206 de la Ley Hipotecaria de 1946, que equiparaba a la Iglesia católica con una administración como una corporación de derecho público a la hora de inscribir bienes de dominio público en el registro de la propiedad sin necesidad de demostración de la titularidad de los bienes afectados y del artículo 304 del Reglamento Hipotecario, que equiparaba a los diocesanos con notarios y, por tanto, los autorizaba a ejercer labores de inscripción de bienes a su nombre.

El gobierno de Aznar (PP), amplió en 1998 los bienes que podían ser registrados al suprimir la prohibición de inscribir en el registro de la propiedad las iglesias destinadas al culto, lo que facilitó la sustracción del dominio público de bienes con un alto valor histórico, cultural, patrimonial y económico. Finalmente, también un gobierno del PP, en este caso, presidido por Rajoy, cambió la Ley Hipotecaria en junio del 2015, ante el temor a un recurso de inconstitucionalidad, de manera que se eliminó este privilegio censal y se puso fin a un abuso de derecho que ha supuesto la legalización de una apropiación indiscriminada de bienes a favor de la iglesia católica.

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